En la exposición de motivos de la Moción presentada en el Pleno del día 3 de Octubre,
queda suficientemente explicada la necesidad de acometer el mencionado
inventario. No obstante, abundado un poco más en el asunto, diré que las razones
son tres:
1) Facilitar
y clarificar la autorización de licencias urbanisticas en parcelas sitas en los nucleos rurales al dar respuesta a lo estipulado en las siguientes normas:
-Decreto278/2007, de
4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del
Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias.(ROTU), donde su Artículo
147—Condiciones generales de la edificación en los núcleos rurales-, establece:
En su
párrafo 2 ,.el Plan General de Ordenación establecerá, al menos, las
siguientes condiciones de edificación en los núcleos rurales:
c) Frente mínimo a viario o
camino.
Y en su párrafo 3 … Previa
justificación del interés público, el Plan podrá concretar las características
de las actuaciones en que, mediante Convenio y un Plan Especial a tramitar,
pueden plantearse:
a) Aperturas de nuevos viarios que habrán de conectar dos viarios públicos
existentes. El viario nuevo habrá de ser urbanizado y cedido al Ayuntamiento.
- PGOU GOZON – 2012, - cuyo texto está en proceso de refundición,
en su Artículo 542..frente a viario público como condición de edificabilidad, establece lo siguiente:
1.
La parcela edificable en
Núcleos Rurales que no sea resultado de una parcelación, deberá ofrecer frente a camino público, en un mínimo de 3
m de longitud. En los casos de parcelas que se pretendan edificables y que
no cumplan la condición anterior, deberá posibilitarse el acceso a camino
público, en la dimensión referida, mediante los oportunos mecanismos de
adecuación de parcela, por obtención a través de cesión, compra, etc.
2.
En ningún caso se permitirá la creación de
nuevos viales con fines urbanísticos -para acceso a los distintos lotes o
conseguir mayor frente a viario- que desvirtúen el carácter del Núcleo Rural,
si no que las nuevas viviendas deberán
apoyarse de manera estricta y exclusiva en los viales existentes a la
aprobación de este plan, salvo lo expresamente definido en estas Normas para
apertura de nuevos caminos.
2) Evitar
la privatización o la desaparición de los mismos. Como por ejemplo está
ocurriendo con el camino del Aramar, sobre el que ya pregunté varias veces en el Pleno, solicitando su reposición, ya que ha sido roturado y hecho desaparecer, y
sobre el que existen suficientes referencias históricas acerca de su carácter de
público.
Nadie entiende porqué la propuesta ha sido rechazada por el Partido Popular y FORO. Quizás la respuesta haya que buscarla en su empeño en vaciar de contenido al Ente Supramunicipal, para así poder justificar su desaparición.
Me temo que el rechazo por parte del PP y de FORO dota de contenido a su entente cordial municipal.
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